A continuación exponemos, el resto de condiciones del cultivo colectivo que fueron aprobadas hace poco por la Asociación de Estudios y Usuarios del Cannabis de Alicante (Alacannabis). Son las contenidas en el Estudio realizado por Juan Muñoz y otros, solicitado por el Comisionado para la Droga de la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía al Instituto Andaluz Interuniversitario de Criminología. Con alguna pequeña modificación, introducidas tanto por los asociados a Alacannabis, como por los que integran el proyecto de cultivo colectivo de la Asociación Cannaterapia.
13.- Al socio que por algún motivo se le excluyera del proyecto en su transcurso, al final de la cosecha le será entregada la cantidad correspondiente al importe acumulado a la fecha de su cese.
14.- Incrementar en 0,20 euros el precio final del gramo de la materia vegetal con el fin de que ALACANNABIS como asociación se quede con el restante del posible excedente, como remanente para su posterior uso e incremente sus arcas como entidad.
15.- Se seguirán las pautas para cultivar cannabis con propósitos medicinales, del 2 de diciembre por La Oficina de Cannabis Medicinal, mantenemos el cultivo libre de pestes, moho y cualquier tipo de pesticidas o contaminantes durante todo el proceso hasta su recolección.
16.- El proceso de manicurado se realiza con el material en verde. Utilizaremos una peladora semiautomática para el aprovechamiento del tiempo y una mayor salubridad en su manipulado, guardando especial atención a la higiene de los materiales usados.
17.- Se analizará la materia vegetal para determinar los niveles de T.H.C, y se analizará la materia vegetal para determinar su perfecta salubridad.
18.- Se realizará un etiquetado que contenga la variedad genética, la fecha de corte, de envasado, el nivel de THC, los efectos farmacológicos y contraindicaciones.
19.- Se establece una cuota de ingreso en la actividad de 120 euros.
20.- Se establece un precio estimado, en relación con la cuota a abonar de x a x euros el gramo de cannabis.
21.- Se hacen pagos, cada 2 meses, de un cuarto de la parte proporcional al número de gramos solicitado.
22.- Para adquirir la condición de participante en la actividad de cultivo colectivo, será requisito previo ser socio de la asociación, durante un mínimo de 6 meses y posteriormente ser avalado por otro socio, en el momento de su solicitud de inscripción.
23.- A los socios con enfermedades, en donde se pueda acreditar que el cannabis tenga efectos curativos, paliativos o beneficiosos, no se exigirá el requisito previo de haber sido socio de la asociación un mínimo de 6 meses y se le reducirá la cuota de un 10% a un 50%.
Extraído vía: softsecrets.nl
Articulo de Hector Brotons publicado en el número 6 del 2007
Articulo de Hector Brotons publicado en el número 6 del 2007
» Creación de un cultivo colectivo V

















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